Aportación del Capital Social

Estos son los pasos que tienes que seguir

La aportación del capital social es un paso imprescindible para la constitución de cualquier empresa en España.

Este requisito garantiza la solvencia inicial de la sociedad y su capacidad para operar.

El capital se deposita en una cuenta bancaria a nombre de la empresa en constitución, y el proceso puede variar según el tipo de sociedad que desees formar.

Te explicamos el paso a paso para cumplir con este trámite, incluyendo las especificaciones por tipo de sociedad y aspectos clave a tener en cuenta.

 Paso a Paso para Realizar la Aportación del Capital Social

1. Definición del Tipo de Sociedad 

Antes de proceder, es necesario decidir qué tipo de sociedad constituirás, ya que los requisitos de capital social varían. Las opciones más comunes son:  

   ➡️ Sociedad Limitada (SL)  

   ➡️ Sociedad Anónima (SA) 

   ➡️ Cooperativas 

   Cada una de estas formas jurídicas tiene un capital mínimo exigido y características específicas.  

2. Apertura de una Cuenta Bancaria a Nombre de la Sociedad

 

Acude a una entidad bancaria para abrir una cuenta a nombre de la sociedad en constitución.

Es importante que esté vinculada al nombre de la empresa que has reservado previamente en el Registro Mercantil.  

3. Depósito del Capital Social  

    Realiza el ingreso correspondiente al capital social mínimo exigido para tu tipo de sociedad.  

    Recuerda que, si el capital incluye aportaciones no dinerarias (en especie), estas deben ser valoradas por un experto independiente en el caso de una SA.  

4. Obtención del Certificado Bancario  

El banco te entregará un certificado bancario que acredita la aportación del capital.

Este documento es indispensable para:  

    Formalizar la escritura de constitución ante un notario.  

    Inscribir la empresa en el Registro Mercantil.  

5. Presentación ante el Notario  

Lleva el certificado bancario junto con los estatutos sociales y demás documentación al notario para la formalización de la escritura pública de constitución.

 Especificaciones según el Tipo de Sociedad

a) Sociedad Limitada (SL)

➡️ Capital social mínimo: 1 euro tras las reformas legales recientes.  

➡️ Aunque el mínimo legal es simbólico, es recomendable aportar al menos 3.000 euros para facilitar la redacción de los estatutos y cubrir gastos iniciales.  

➡️ El capital se divide en participaciones sociales, lo que define la proporción de propiedad y control de cada socio.  

b) Sociedad Anónima (SA)  

➡️ Capital social mínimo: 60.000 euros, con al menos el 25% desembolsado en el momento de la constitución.  

➡️ Ideal para empresas de gran tamaño o aquellas que planean emitir acciones para captar inversión.

c) Cooperativas  

➡️ El capital mínimo depende de los estatutos y las normativas de la Comunidad Autónoma correspondiente, aunque generalmente ronda los 1.800 euros.  

➡️ Consulta las leyes específicas de tu región para verificar los requisitos.  

 Consideraciones Fiscales y Contables

1. Balance y Contabilidad  

 El capital social figura en el balance de la empresa como parte de su patrimonio.

Es esencial mantener registros contables claros desde el inicio para evitar problemas en auditorías o inspecciones.  

2. Aportaciones no Dinerarias 

Las aportaciones pueden realizarse en bienes o derechos, pero deben ser valoradas correctamente.

En el caso de las SA, se requiere un informe de valoración de un experto independiente.  

3. Responsabilidad Limitada 

   En sociedades como la SL y la SA, el capital social protege el patrimonio personal de los socios frente a posibles deudas de la empresa, garantizando así una mayor seguridad jurídica.

 Enlaces Útiles para el Proceso

– Trámites bancarios para la constitución de empresas: [Banco de España – Guía para emprendedores](https://www.bde.es)  

– Consulta normativa para SL y SA: [Ministerio de Justicia – Registro Mercantil](https://www.mjusticia.gob.es)  

– Guías regionales para cooperativas: [Confederación Española de Cooperativas](https://www.cecoop.es)  

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